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viernes, 14 de agosto de 2026

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLCLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS, Y PAISAJES DE LA PROVINCIAS DE ESPAÑA:

"AÑO 1823, ABRIL: AVATARES DE LA GUERRA REALISTA EN LOS FRENTES DE GUERRA DE VALENCIA Y CASTELLÓN". 

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.... ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).

LA GUERRA REALISTA: La “Guerra Civil de 1822 y 1823, conocida como “la Guerra Realista”, o “la Guerra Constitucional”, fue un conflicto armado que se vivió en España durante el último año y medio de gobierno del Trienio Liberal. 

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Partes de guerra, acción de Masamagrell, bandos y noticias de la guerra realista en el octavo distrito militar, marzo de 1823. 

(Documento 1.º, fechado en el año 1823): 

- AÑO 1823: Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3. Suplemento al Celador del miércoles 2 de abril (de 1823).= Son las nueve de la noche y ejecuta su entrada en esta, la valiente columna de infantería y caballería al mando del comandante militar interino de la provincia de Castellón D. Antonio Fernández Bazán, coronada con el inmarcesible laurel de la victoria.

- En la tarde de ayer en las cuestas de Almenara, tuvo una pequeña acción de la que quedaron como 40 facciosos muertos, e hicieron 17 prisioneros.

- En el día de hoy, habiendo emprendido su marcha desde Almenara con dirección a esta plaza, se encontró con la facción formada en dos líneas a la salida de dicho pueblo (de Almenara) para Murviedro.

- En el momento mandó el comandante general formar su tropa en columna cerrada, y poniéndose a su cabeza, a la voz de “viva la constitución” y “a ellos”, penetraron las líneas y entrando entonces la caballería los pusieron en total y completa derrota.

- La matanza ha sido horrible. Mas de 600 muertos y 200 prisioneros han sido el fruto de tan gloriosa acción.

- Entre los muertos se cuentan cuatro o cinco jefes y coroneles: Chambó herido, y entre los prisioneros se hallan D. Francisco Moreno, teniente con grado de capitán; D. N. Avellán, fiel de la "puerta de cuarte" (Porta de les Torres de Quart, muralla de Valencia), y el alcalde de S. Narciso.

- Se han aprendido 1000 fusiles; varias cajas y otros efectos, sin que haya habido por nuestra parte más que un soldado muerto y cuatro o cinco heridos.

- En fin, el grueso de la facción ha sido batida completamente, y esperamos que el espanto y terror, que por necesidad ha tenido que apoderarse de ellos, produzca los más saludables efectos.

- Recibe valiente Bazán, y tus invencibles tropas, recibe los homenajes y los justos elogios que todos los buenos te consagran.

- La patria bendice vuestros esfuerzos, y la posteridad seguramente pronunciara con respeto vuestros nombres que deseamos sean inscriptos en bronces para que se eternice su memoria.

(Documento 2.º, fechado en el año 1823):  

- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3.  VALENCIA miércoles 2 de abril (de 1823).= Entre los efectos aprendidos a Pendencias en el día de su derrota, uno de ellos es su despacho, cuya copia es la siguiente:

- Copia del despacho de Pendencias.= “D. Fernando VII por la gracia de Dios, rey de Castilla, de León, de Aragón, siguen los perifollos antiguos &c. &c. En su ausencia y cautividad S. A. la Regencia del reyno. 

- Y como comandante general del Bajo Aragón nombrado por la misma el auditor de guerra de los “reales Ejércitos” don Juan Adan Trujíllo, fiscal y padre general de Menores de la villa de Manzanares de la Mancha, condecorado con varias cruces de honor &c.

- Por cuanto atendiendo a los méritos y servicios de Vos don José Puchau, he venido en autorizaros para que podáis levantar una partida armada en defensa del altar y el trono en el “reyno de Valencia”, tanto de caballería como de infantería con sujeción a mis órdenes por ahora y hasta que otra cosa determine S. M. exigiendo a los pueblos las raciones correspondientes a la fuerza que presentéis bajo vuestra responsabilidad, y para el pago de la tropa usareis de los fondos públicos, si los hubiere, y de cuantos pertenezcan a la “real Hacienda”, y en su defecto exigiréis de los mismos pueblos a razón de 12 cuartos por plaza de soldado, 15 por cabo, 17 por sargento segundo y 20 por el sargento primero.

- Ocho reales vellón para el subteniente, 12 rs. vn. para el teniente, 16 rs. vn. para el capitán y 20 rs. vn. para vos como comandante, dándome partes circunstanciados de quince en quince días de cuanto adelantareis y os ocurra.

- Dado en el cuartel general de Mequinenza a los seis días del mes de marzo de mil ochocientos veinte y tres.= El comandante general del Bajo Aragón Juan Adán Trujillo.= Diego María Basolín, secretario.= El comandante general del “Bajo Aragón” nombra por “comandante de guerrilla en el reyno de Valencia” a don José Puchau. Sin enmienda hay una rúbrica del secretario.= Es copia.

(Documento 3.º, fechado en el año 1823):  

- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3.  VALENCIA miércoles 2 de abril (de 1823).= Los facciosos se han retirado a Murviedro donde se fortifican cerrando las boca-calles, y haciendo otras obras para su defensa. Seguramente que presienten el mal de que van a morir.

- Nosotros llenos de sentimientos, de conmiseración les aconsejaríamos que evitasen a la madre patria días de luto y de sangre, y que se retirasen todos al seno de sus familias, haciendo uso del indulto qué tan generosamente se les ofrece. De este modo y no de otro puede ponerse término a los infinitos males que en la actualidad aquejan en extremo a la desgraciada Valencia.

- Venid pues todos, arrojaos en los brazos de la patria, cuantos por un efecto de ilusión o de engaño os habéis separado del camino del honor y de la virtud.

- Formemos una sola familia de españoles estrechamente unidos, y entonces la baja intriga, la guerra civil y las miras todas de los extranjeros que anhelan por dominarnos, desaparecerán; y la España recobrará la tranquilidad de que carece.

- En los días en que los facciosos sitiaron esta ciudad se aprendió uno de ellos, y en el acto de la prisión decía a sus aprensores: “Por Dios no me maten ustedes, que yo también me haré judío”. Tanto puede en los infelices la seducción y el engaño. De este modo a manera de carneros son conducidos los ignorantes al matadero, donde perecen quizá persuadidos que mueren en defensa de la Religión, y peleando contra herejes, cismáticos o judíos.

- Nuestras tropas salieron de Castellón, quedando bien guarnecida la ciudad. En el pueblo muy buen espíritu y escarmentados los infames. Bajo la lápida fue fusilado el perverso que la rompió con el martillo, que la había antes ensuciado tres veces, y que había conducido a los facciosos a robar las casas de sus patriotas. El coronel Bazán le mando formar consejo de guerra y murió. Podemos anunciar que el señor Bazán es querido y respetado. Su carácter inflexible, pero dulce, le proporciona uno y otro. (Celador).

(Documento 4.º, fechado en el año 1823):  

- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3.  VALENCIA miércoles 2 de abril (de 1823).= El señor comandante general ha publicado la siguiente proclama: COMANDANTE GENERAL DEL 8.° DISTRITO MILITAR.= Militares: entre diez y once de esta noche marcharon los facciosos que habían osado temerariamente provocar vuestro valor y patriotismo; en los tres días que sostuvieron tenaces esta empresa, habéis llenado cumplidamente y a satisfacción de la libertad los deberes en que está constituido el que quiere conservarla a toda costa.

- Glorioso es este triunfo; pero aun es susceptible de un realce que lo haga singular.

- La huerta de esta capital ha protegido la facción, la ha auxiliado, y en todas direcciones asestó sus fuegos contra nosotros; pudiera esta criminal conducta excitar vuestra venganza; más las pasiones nobles os dominan, y sabéis bien que se envilece el que al vencido ultraja y domina con rigor.

- No así sucede con la ley, la que presenta cierto carácter de majestad cuando en estos casos se despliega inflexible.

- Dejadla pues obrar libre, que ella castigará los crímenes, los delitos y aún las faltas que se hayan dirigido contra la causa pública.

- Yo me encargo en su nombre de hacerles sentir todos los efectos de mis bandos y órdenes a los que hayan violado la más pequeña parte de su contenido, y quedo en vigilar no se escuchen las condiciones de los delincuentes, ni los respetos de pueblos enteros que hubiesen sido transgresores.= Valencia, 30 de marzo de 1823.= José de Castellar.

(Documento 5.º, fechado en el año 1823):  

- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3.  IDEM 3.= VALENCIA jueves 3 de abril (de 1823).= Se van presentando tanto en esta como en los pueblos de las inmediaciones, muchos de los que o bien por un efecto de seducción, o bien por librarse de las quintas que las cortes y el gobierno habían tenido a bien imponer a fin de conservar la integridad e independencia de la España, contra la que descaradamente atentaban mancomunadamente los gabinetes del norte, se habían asociado a la facción de Murviedro.

- Nosotros no podemos menos de celebrar este hecho, pero al mismo tiempo deseamos que los pueblos tengan con ellos aquel porte que en semejantes circunstancias dictan la política y el amor a la patria.

- El hombre descaminado es digno de la pública execración mientras permanece en el extravió, pero es digno de consideración desde el momento en que conoce sus yerros y los detesta.

- La patria por medio de un indulto qua generosamente les concede, hecha el velo del olvido sobre los pesados excesos y desórdenes de los que se acogen a él, y nosotros los liberales siempre generosos, siempre magnánimos y virtuosos debemos secundar con nuestro porte y conducta, los deseos e intenciones de aquella.

-  Vayan pues ya lejos de nosotros “los trágalas”, los insultos, las canciones irritantes y todo cuanto sin sernos útil puede sernos perjudicial.

- Y vosotros, hombres que por un tiempo habéis vivido en el error, cuantos habéis seguido las banderas de la facción que asola a España, y cubre a sus habitantes de luto y de horror; corred ahora presurosos a alistaros en las banderas del honor y de la virtud.

- La patria os llama, y vosotros tenéis un deber de indemnizarla con vuestras obras de los daños y perjuicios que la habéis ocasionado, y ya que libre y espontáneamente no queráis hacer este sacrificio, sufrid cuando menos con resignación la suerte.

- En la actualidad, se cumple religiosamente cuanto se ofrece. A seis años, se ha reducida el servicio, y en el mismo día en que se cumplen, se recibe la licencia.

-  ¿Cuándo en tiempo del despotismo se trataron con esta consideración los soldados? ¿No se eternizaba entonces, por decirlo así, la carrera de las armas? ¿No se obligaba contra todo derecho y justicia a permanecer en el servicio al soldado? ¿Y sucede esto ahora ?.

- Volved, pues, hombres seducidos, volved sobre vosotros mismos, y abrazad gustosos la suerte que os es deparara; no por los hombres si no por la providencia.

- Es indecible el júbilo que reina hoy en esta capital. Acaba de cantarse en acción de gracias por las victorias de las armas nacionales un solemne “Te Deum”, al que han asistido todas las parroquias, el cabildo y clero de la catedral, todas las autoridades civiles y militares, entre estas el inmortal y valiente comandante general de Castellón el señor Bazán, y un inmenso gentío que ha acudido a solemnizar el acto.

- Hemos advertido que muchos deseaban con ansia ver al héroe de la victoria conseguida en los campos de Almenara.

- La ronca voz del cañón que suena en el momento, no anuncia ya horrores y desastres como en los pasados días, sino que es la expresión del júbilo. Por medio de la salva se hace pública la victoria, y si sus roncos ecos llegan hasta Murviedro, harán temblar a los perjuros que permanezcan obstinados en sus desvíos.

- Corre la voz que los facciosos tenían ayer en capilla a ciudadano Cabrerizo, regidor de esta ciudad. No nos persuadimos cometan el atentado de quitarle la vida, pero si lo hiciesen, tenemos en nuestro poder con quien vengar su sangre.

(Documento 6.º, fechado en el año 1823):  

- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3. IDEM 4.= VALENCIA viernes 4 de abril (de 1823).= No nos ha sido posible hablar hasta ahora del comportamiento que tuvieron los habitantes de esta ciudad en los días 27, 28, y 29 del anterior (marzo de 1823), cuando la tan temeraria como numerosa facción de Sempere tuvo el loco atrevimiento de aproximarse a nuestras murallas.

- Anunciamos con placer que desde el momento en que los enemigos se presentaron a la vista de la ciudad, todos corrieron presurosos a las armas, y unos en las murallas, y otros en rondas destinadas a la conservación de la pública tranquilidad hicieron un servicio no menos útil que interesante.

-  Pocos serían los que quedasen apáticos, o indiferentes en sus casas, aunque algunos habría, pues, aunque todos han nacido en España, no todos merece el dictado de españoles.

- Sin embargo, tenemos la satisfacción de publicar que muchos, aún de aquellos que estaban tachados con la fea nota de serviles, se presentaron libre y espontáneamente en los sitios del riesgo y del peligro desde donde hicieron un fuego horroroso y bien dirigido al enemigo.

- Desearíamos pues con el fin de poner término a los males que nos afligen que se desterrasen del diccionario de la libertad los nombres de serviles, masones, comuneros y otros, y que no se oyera ya sino la voz de “españoles buenos y malos”, que a los buenos se les dispensase toda protección, descargando todo el peso de la ley sobre los malos.

- Una bien triste y fatal experiencia nos debe haber convencido de los males y desastres que necesariamente se siguen de adoptar ciertas nomenclaturas que designan partidos, entre los cuales, primero entra la rivalidad, luego la aversión, finalmente los odios, los rencores y cuando es capaz de sepultar a una nación entre los escombros y ruinas. “Vivan, pues, los españoles libres, y vivan cuantos en los mencionados días 27, 28 y 29, cooperaron a la salvación de Valencia, y por esta a la de la patria.

- La primera compañía de M.V. de caballería de esta ciudad, al mando de su capitán D. N. Faure, y por ocupación de este al de su teniente D. Vicente Carra, deseosa de manifestar su gratitud a la valiente división catalana, al mando del coronel Bazán, y comandante Bayces, dio anoche un suntuoso ambigú en su casa cuartel, de cien cubiertos, al  que asistieron las autoridades militares y políticas, con la oficialidad de la columna y del arma de caballería de la guarnición.

- La pieza estaba magníficamente adornada. En el frontis y bajo un pabellón se veía el retrato de nuestro monarca constitucional Fernando VII.

- A su lado dos genios de los cuales, el uno estaba en ademan de poner sobre su cabeza una corona, y el otro detenía su brazo derecho en significación de que ya no reina la arbitrariedad sino la ley; a sus pies se miraba por tierra la esclavitud expresada en otros dos genios aherrojados con cadenas, de los cuales el uno empuñaba una espada rota en significación de la nulidad de su poder.

- Durante la función reinó la mayor alegría; una música entonó casi sin cesar canciones patrióticas, y se repitieron miles de vivas a los vencedores de Almenara.

- La diputación provincial ha acordado, que de las camisas que tenía preparadas para los quintos del último reemplazo, se destinen mil a los beneméritos de la columna de Bazán, las que ha puesto inmediatamente a disposición de su comandante.

- No podemos menos de aplaudir rasgos tan patrióticos, lo que seguramente producirán en los agraciados los efectos que deseamos.

(Documento 7.º, fechado en el año 1823): 

- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3.  IDEM 3.= VALENCIA jueves 3 de abril (de 1823).= Esta mañana a las 7 ha salido de esta (plaza) la columna de Bazán compuesta de 1100 infantes y 390 caballos con 4 piezas a atacar a los enemigos que se hallan en Murviedro. Se cree que no aceptarán la batalla según están atemorizados. (Carta particular).

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel. 

jueves, 13 de agosto de 2026

"AÑO 1823, MARZO: VICISITUDES DE LA GUERRA REALISTA EN LOS FRENTES DE GUERRA DE VALENCIA Y CASTELLÓN".

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLCLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS, Y PAISAJES DE LA PROVINCIAS DE ESPAÑA:

"AÑO 1823, MARZO: VICISITUDES DE LA GUERRA REALISTA EN LOS FRENTES DE GUERRA DE VALENCIA Y CASTELLÓN". 

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.... ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).

LA GUERRA REALISTA: La “Guerra Civil de 1822 y 1823, conocida como “la Guerra Realista”, o “la Guerra Constitucional”, fue un conflicto armado que se vivió en España durante el último año y medio de gobierno del Trienio Liberal (1820-1823). 

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Partes de guerra, acción de Masamagrell, bandos y noticias de la guerra realista en el octavo distrito militar, marzo de 1823. 

(Documento 1.º, fechado en el año 1823): 

- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES.= COMPAÑÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA.= En contestación al oficio de V. S. fecha de hoy, nada tengo que añadir al parte que con esta misma fecha doy al comandante general, y al que di también al dicho comandante, con la del 26 del corriente (marzo de 1823);

- El primero, hacia referencia ha haber desecho completamente la “facción de Pendencias”, haciéndole 83 prisioneros, 7 muertos, 7 caballos, 87 fusiles, 4 cajas de guerra, y haberse escapado dicho cabecilla por la velocidad del excelente caballo que monta.

- El segundo, refería a la sorpresa que en la mañana del 26 (marzo de 1823) hice a varios equipajes de los facciosos de Segorbe, que estando próximos al barranco de Soneja, al dirigirse a Murviedro vinieron a dar en mano de mi gente apostada en dicho barranco; no era mayor objeto tanto sorprender los equipajes cuanto la custodia facciosa que suponía estar ya entre los dos fuegos, que por la colocación de mi gente les tenía preparados, pero la casualidad hizo qué no hubiesen entrado aun en los puntos determinados cuando mandé la carga de caballería, y al verla los facciosos se refugiaron precipitadamente en Segorbe.

- El total de la fuerza con que cuento en el día es de 70 infantes y 20 caballos.

- Dios Guarde a V. S. muchos años.= Liria 30 de marzo de 1823.= Bernardino Martí.= Señor jefe político de Valencia.

(Documento 2.º, fechado en el año 1823):  

- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES. COMPAÑÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA.= 1.º de abril por la tarde. ACCION EN MASAMAGRELL: En el día de ayer a las 7 de la mañana de hoy, salló de esta ciudad una columna compuesta de ¿250? infantes de diferentes cuerpos, M. V. de esta, de 70 a 80 caballos y dos piezas de artillería.

- Al llegar a las inmediaciones de Masamagrell se advirtió que los facciosos ocupaban el pueblo, y después de reconocidos se les hizo fuego con una pieza, en cuyo acto huyeron los rebeldes replegándose sobre la Cruz del Puig, donde se hicieron fuertes algunos de ellos en la torre o Campanario haciendo un fuego vivo; pero despreciándolo nuestros valientes de caballería y artillería que obraban cómo soldados de a caballo atravesaron el pueblo sufriendo el fuego, cargaron a los lanceros, que eran en número de más de 100, y los pusieron en tan completa derrota, que sirviéndoles como de estorbo sus lanzas y espadas, las arrojaron, huyendo en confusión y en desorden, perdiendo como de 12 a 15 hombres muertos y bastantes heridos.

- En esta situación viendo que nuestra caballería no podía obrar por el mucho fango de las huertas, y que había a la vista sobre la altura del Puig una columna como de 600 infantes que podían cortar con facilidad nuestras tropas, se creyó prudente mandar retirada; la que se verificó, siguiendo entonces los facciosos hasta San Miguel de los Reyes, desde donde regresaron a sus madrigueras.

- Nuestra pérdida ha consistido en un soldado de la Costa muerto y dos artilleros heridos.

(Documento 3.º, fechado en el año 1823):  

- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES. VALENCIA 25 de marzo (de 1823).= El Señor jefe superior político ha publicado la siguiente proclama:

- “Habitantes de la provincia de Valencia; S. M., en Orden de 18 del actual (marzo de 1823), se ha servido nombrarme jefe político interino de ella, y os lo anuncio con placer por solo el honor de dirigiros mi voz en las agitadas circunstancias que combaten este suelo, digno por cierto de mejor suerte.

- Pesada es la carga que S. M. ha puesto sobre mis débiles hombros; soy franco, y confieso con ingenuidad que mi cabeza no está organizada para el acertado desempeño de un destino, sobre el que tantas obligaciones gravitan en la crisis presente; pero, ciudadanos, estoy inspirado de los mejores deseos; en mí corazón está grabado para no salir sin la muerte, el amor a la libertad, prosperidad, e independencia de mi patria, y con estos atributos, y vuestra ayuda más que todo, me lisonjeo podrán llenarse con algún fruto mis tareas: Animo y fortaleza, habitantes de la provincia de Valencia; renazca en vuestros pechos el fuego sagrado del amor a la libertad, y quede para los esclavos y cobardes, que pueda haber entre vosotros, el temor a la horda de miserables que se han atrevido a profanar nuestro hermoso suelo.

- Considerad sus elementos, y os convenceréis del desprecio con que debe mirarse por los hombres libres.

- Sus triunfos, debidos a casualidades y crímenes, serán pasajeros, durarán hasta el momento que volviendo de nuestra sorpresa digamos con el grito de constitución o muerte: “Unión y a ellos, ciudadanos libres de la provincia toda de Valencia”.

- Yo os ruego y pido en nombre de esta cara patria, os pongáis en una actitud imponente; que despreciéis y empecéis a formar resistencia y persecución a esa facción y a todo el que intente arrebatarnos el don de libertad.

- Jamás, jamás, quede sobre nuestra existencia el borrón degradante de la cobardía; perezcamos, si es necesario perecer; pero no sucumbamos con ignominia a la esclavitud que desean imponernos los hombres que debieran avergonzarse de llamarse españoles.

- Habitantes de la provincia: todo lo espero de vosotros; valor, actividad, unión y exacto desempeño en nuestros respectivos deberes, nos llevan precisamente al triunfo; y con estas circunstancias os acompañará hasta espirar con el grito de libertad o muerte, vuestro jefe político interino Juan Abascal. Valencia 23 de marzo de 1823.

(Documento 4.º, fechado en el año 1823):  

- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES. VALENCIA 25 de marzo (de 1823).= El comandante general de la provincia de Castellón a todos los liberales y hombres que estén decididos a sostener nuestro sagrado código con las armas en la mano.

- Hago saber: Los ciudadanos que se presenten con armamento y fornitura, o en caso que no lo tengan sean robustos para la fatiga de campaña, y se reúnan a la columna de mi mando, serán exentos de la quinta general del ejército, y se les abonará por cada día cuatro reales vellon y su ración de pan.= Castellón, 20 de marzo de 1823.=El comandante general de la provincia de Castellón, Antonio Fernández de Bazán.

(Documento 5.º, fechado en el año 1823):  

- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES. VALENCIA 25 de marzo (de 1823).= De Segorbe sabemos que el Sr. Sempere ejerce todas las funciones civiles y eclesiásticas. En su consecuencia ha conferido todas sus facultades al ayuntamiento de Castellnovo para que nombre cura párroco, designando para este ministerio a la persona de D. Jorje Orduna; y no habiendo podido tener efecto en todas sus partes esta providencia, ha nombrado cuando menos para regente el dicho Orduna.

- Asimismo ha dado sus órdenes para que todos los secularizados que sirven algunas parroquias cesen inmediatamente sus funciones, y que sean repuestos los antiguos párrocos, y en su defecto que ejerzan la cura los capellanes decanos, siempre que hayan merecidos el concepto de adictos al rey.

- ¡¡ Para qué fin queremos ni cánones ni concilios !! Con unos legisladores de esta naturaleza, la causa de la religión triunfará. Siempre es perder tiempo acudir a las autoridades legítimas, cuando se tiene la fuerza; de consiguiente lo más corto, aunque no sea lo más justo, siempre será hacer las cosas por-sí, amonestando y exhortando con las afiladas puntas de las bayonetas, es decir, valerse de la última y más poderosa razón que tienen los reyes para hacerse obedecer.

- El general en jefe del segundo ejército de operaciones, con fecha 14 de este mes (marzo de 1823) desde su cuartel general de Mallen, dice al gobierno, y este al comandante general del octavo distrito, que había dado sus órdenes al brigadier Torres para que inmediatamente auxiliara con su columna a este octavo distrito, advirtiéndole al mismo tiempo que pase aviso al comandante militar de la provincia de Teruel, para que también coopere por su parte y en unión con el jefe que destine para mandar aquella fuerza, que tal vez no podrá ser Torres.

- Al mismo tiempo le advierte, que tenga una comunicación rápida y segura con el dicho general en jefe, á fin de adoptar las medidas oportunas, y mandar más fuerzas en caso necesario.

- De todas partes se envían a esta provincia auxilios. Permaneced pues, valencianos, constantes en vuestra decisión. Pocos días de valor y sufrimiento, bastarán para exterminar enteramente a los miserables ilusos que infestan nuestra provincia, y las valientes tropas que vienen en su auxilio entrarán en esta capital coronadas con el inmarcesible laurel de la victoria. (Celador)

(Documento 6.º, fechado en el año 1823):  

- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES. VALENCIA 26 de marzo (de 1823).= Diego Clarke y Comínes &c., segundo comandante general del 8.º Distrito Militar, e interino gobernador de esta plaza &c., &c.

- Hallándome encargado de la defensa de esta plaza (de Valencia), y siendo de mi deber prever cuantos casos puedan ocurrir para aplicarles el oportuno remedio, en uso a las facultades que en las circunstancias actuales se me conceden por las leyes, mando:

- 1.º= Desde el momento en que se oiga el toque de generala, todos los habitantes de esta capital se retirarán a sus casas respectivas, y no podrán salir de ellas a excepción de los militares y milicianos nacionales en servicio, los individuos de compañías o partidas sueltas debidamente autorizadas, y los empleados en algún destino público de muy indispensable asistencia, y aun en este caso deberán traer documento de sus jefes, en que se acredite la certeza y urgencia de su ocupación.

- 2.º= Todo el que contraviniendo a lo dispuesto en el artículo anterior vagase por las calles, sin ser de las personas exceptuadas con el mismo, y aun de estas sin el documento prevenido desde la hora que se señala, será en el acto pasado por las armas por las patrullas que el teniente de rey de la plaza dispondrá salgan para mantener la tranquilidad interior, pues la conservación de nuestras libertades y derechos y la salud de la patria, exigen la imposición de esta pena.

- 3.°= La persona de cualquiera clase, sexo o condición que sea, que después de principiado el fuego contra el enemigo en cualquier punto de la línea, se asomase a puerta, ventana, balcón, tejado o azotea una vez iluminada su casa, que lo deberá ser con la anticipación prevenida en el artículo 6.°, como no puede hacerlo después de prohibido sino con un designio criminal, o por una curiosidad indiscreta, será pasada por las armas en el momento que sea vista por alguno de los piquetes del ejército y milicia, situados en las torres y campanarios de esta ciudad con dicho objeto, y por las patrullas.

- 4.º= Toda persona del sexo, edad y clase que sea que, en cualquiera ocasión o tiempo, mientras el enemigo exista a la inmediación de esta plaza, profiriese voces alarmantes, excitase a la sedición, juntase gente y aconsejase rendirse o capitular, será pasado por las armas; y si sucediese durante el fuego o próximo a romperse, el primero que lo oiga está autorizado para fusilarle.

- 5.°= Todo el que de día o de noche por balcón, ventana ó azotea haga señas con banderolas, faroles o pañuelos, aunque no se observe que sean contestadas, será, como se justifique el hecho, inmediatamente pasado por las armas.

- 6.º= Al toque de generala, si fuese de noche, todos los vecinos iluminarán sus casas dejando cerrados los balcones o ventanas; en el concepto de que cualquiera que faltase a verificarlo será castigado gravemente.

- Este artículo se entiende sin perjuicio de lo que el ayuntamiento constitucional ha prevenido en esta parte, y teniendo presente lo que en el 3.º de este bando se dispone.

- 7.º= Al oír el mismo toque todas las tropas ocuparan los puestos que se les designe, las compañías y partidas sueltas marcharán a los suyos, y los militares armados y desarmados pasarán a los que respectivamente tienen ya destinados; en el concepto de que seré inexorable con el que consagrado a su patria faltase en la hora del peligro.

- 8.º= Las rondas y patrullas de ciudadanos armados que nombre el ayuntamiento constitucional, ocuparan los puntos o harán el servicio interior que este les marque, con previo conocimiento mío y autorizadas con algún individuo municipal o alcalde de barrio.

- 9.º= Los cirujanos nombrados por el mismo ayuntamiento de quienes yo tendré noticia, acudirán en el momento de alarma a los hospitales provisionales establecidos en los distritos, donde deberán ya existir los botiquines, parihuelas, y demás efectos necesarios; en el concepto, que el facultativo que faltase a deber tan sagrado sin muy justificada causa, será pasado por las armas.

- El presente bando se publicará con las formalidades prevenidas, fijándose en los parajes acostumbrados para que ninguno pueda alegar ignorancia. Valencia 25 de marzo de 1823.= Diego Clarke.

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel. 


lunes, 10 de agosto de 2026

AÑO 1812: LA RENDICIÓN DE SUCHET EN VALENCIA.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLCLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS, Y PAISAJES DE LA PROVINCIAS DE ESPAÑA: 

“CAPITULACIÓN CONCLUIDA ENTRE S. E. EL SR. MARISCAL DEL IMPERIO FRANCÉS CONDE DE SUCHET, COMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO IMPERIAL DE ARAGÓN, Y S. E. EL SR. GENERAL EN JEFE BLAKE, COMANDANTE DEL SEGUNDO Y TERCER EJÉRCITO ESPAÑOL, PARA LA RENDICIÓN EN LA CIUDAD DE VALENCIA”:

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.... ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).

INTRODUCCIÓN HISTÓRICA A LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA ESPAÑOLA (1808-1814) Y LA REVOLUCIÓN LIBERAL: La guerra de la Independencia Española fue un conflicto bélico desarrollado entre 1808 y 1814 dentro del contexto de las guerras napoleónicas europeas, que enfrentó a las potencias aliadas de España, Reino Unido y Portugal contra el Primer Imperio francés, cuya pretensión era la de instalar en el trono español al hermano de Napoleón, José Bonaparte, tras las abdicaciones de Bayona. Ante la invasión francesa de la península Ibérica el pueblo español despertó y Napoleón Bonaparte se vio obligado a mantener un gran ejército en España durante seis años, al tiempo que las Cortes de Cádiz ponían en práctica la revolución liberal con la elaboración de la Constitución Española del año 1812.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL:

(Documento 1.º, fechado en el año 1812):  

- AÑO 1812: El Conciso (Cádiz). 9/2/1812. Imprenta de Carreño, calle Ancha (Cádiz).= DOMINGO 9 DE FEBRERO DE 1812. AÑO V. DE LA GLORIOSA LUCHA DEL PUEBLO ESPAÑOL CONTRA LA TIRANÍA (de Napoleón).= Capitulación concluida entre S. E. el Sr. mariscal del imperio conde de Suchet, comandante en gefe del exército imperial de Aragón (de Napoleón), y S. E. el Sr. general en gefe Blake, comandante del segundo y tercer exército español, para la ocupación de la ciudad de Valencia:

- Art. 1. La ciudad de Valencia será entregada al exército imperial (español); la religión será respetada; los habitantes y sus propiedades protegidos.

- Art. 2. No se hará pesquisa alguna en quanto á lo pasado contra aquellos que hayan tomado una parte activa en la guerra, o en la revolución. Se concederá el término de 3 meses al que quiera salir de la ciudad con la autorización del comandante militar, para que pueda transportarse a qualesquiera otro destino con su familia y sus bienes.

- Art. 3. El exército (imperial de Aragón, francés) saldrá con los honores de la guerra por la puerta de Serranos; depondrá las armas á la parte opuesta del puente, sobre la orilla izquierda del Guadalaviar.

- Los ofíciales conservarán sus espadas, como así mismo sus caballos y equipajes, y los soldados sus mochilas.

- Art. 4. Habiendo ofrecido el Excmo. Sr. general en gefe, el Sr. Blake, devolver los prisioneros franceses o aliados de estos, que se hallen en Mallorca, Alicante o Cartagena, igual número de prisioneros españoles quedará en las plazas ocupadas por los franceses, hasta que el cange pueda concluirse hombre por hombre, y grado por grado.

- Esta disposición será extensiva á los comisarios y otros empleados militares prisioneros por ambas partes.

- El cange se hará sucesivamente, y empezará desde la llegada de las primeras columnas de prisioneros franceses y de que se dará aviso por el Sr. general Blake (*).

- Art. 5. Hoy 9 de enero (de 1812), luego que la capitulación esté firmada, algunas compañías de granaderos del exército imperial, mandadas por coroneles, ocuparán la puerta de la mar y ciudadela.

- Mañana (10 de enero de 1812), a las 8 de ella saldrá la guarnición de la plaza por la puerta de Serranos, al paso que 2000 hombres lo verificaran por la de San Vicente para dirigirse á Alcira.

- Art. 6. Los oficiales retirados que actualmente se hallan en Valencia, quedarán autorizados a permanecer en la ciudad si gustan, y se procederá a los medios de asegurar su subsistencia.

- Art. 7. Los comandantes de artillería, ingenieros, y el comisario general del exército entregarán á los generales y comisarios franceses, cada uno por la parte que le concierne, el inventario de todo lo que dependa del servicio de su ramo respectivo.

- Valencia 9 de enero de 1812.= Firmado: El general de división José de Zayas, encargado por el Excmo. Sr. general Blake. = Le general Chef d’Etat major de l’armée imperiale d’Aragón.= St. Cyrnugues.= Chargé de pouvoirs par Mr. le marechal Comte Suchet.= Convengo en la anterior capitulación.= Joaquin Blake. = J’approuve la presente capitulation.= Le marechal de I'empire Comte Suchet.

- (*) Es decir, que se proporciona al enemigo un refuerzo, según noticias, de nueve mil hombres, y no conscriptos, que jamás podía esperar recuperar, y que, si hubiera de recibirle de Francia, tendrían que venir tal vez del fondo de la Moravia, y esto sabe Dios quando.

- No ha hecho mal negocio Suchet, sí la capitulación se cumple como no lo creemos: porque ¿Cómo pudo ni debió un general encerrado en una plaza (la ciudad de Valencia) y en el momento de rendirse y rendirla, disponer de dar libertad á los prisioneros de Mallorca &c. Que vuelvan á ser otras tantas furias por la Península. Señor (habrá quien diga), que nos devuelvan otros tantos prisioneros nuestros.

- Primero, esto es dudoso porque sería la primera palabra que cumpliesen.

- Segundo, es falso porque no hay exemplo de que no hayamos recuperado sin necesidad de cange gran parte de nuestros prisioneros, que llenos de patriotismo aprovechan toda ocasión de volver á sus banderas.

- Tercero, a la España no le faltan hombres que oponer al tirano, la mera perdida de hombres se reemplaza fácilmente y en el momento.

- Últimamente ¿no es esto entrar en negociaciones abiertamente contrarias al espíritu nacional que juró no pactar jamás con tal enemigo...? 

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

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lunes, 29 de junio de 2026

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

“LA CONSTRUCCIÓN DE LAS PRIMERAS CARRETERAS EN LA PROVÍNCIA DE CASTELLÓN”.

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. 

- AÑO 1858.= Gaceta de Madrid: núm. 343, de 09/12/1858, página 4. PARTE NO OFICIAL. INTERIOR. VALENCIA.= MAESTRAZGO, 2 de Diciembre (de 1858).= Las obras públicas que se están ejecutando en esta provincia (de Castellón), y las que están en proyecto, merecen especial mención, y con gusto vamos a ocuparnos de ellas.

- (CARRETERAS DE TERCER ORDEN).= Se han remitido a la Dirección general del ramo los anteproyectos de las carreteras de Tercer orden, que a continuación se expresan:

- Desde Onda a la playa de Burriana.

- Desde Albocácer hasta Ares.

- Desde Peñíscola a la carretera general de Cataluña, por Benicarló y Alcocebre.

- (CARRETERAS DE SEGUNDO ORDEN).= Se están concluyendo los proyectos de las carreteras de Segundo Orden de Castellón a Lucena, y desde San Mateo a Vinaroz, con un ramal desde Chert a La Jana.

- La de Burriana por Nules y Vall de Uxó, a empalmar con la general de Valencia a Zaragoza por Segorbe.

- Estas carreteras fueron empezadas bajo la denominación de caminos vecinales de Primer orden, sin planos y por administración; pero ahora se llena este vacío para subastar su conclusión.

- (CARRETERAS GENERALES).= En la carretera general desde Valencia a Zaragoza por el Maestrazgo, se está concluyendo la parte comprendida entre San Mateo y Morella, ejecutándose obras de mucha consideración.

- Se han entregado al servicio público las tres leguas que median entre La Puebla (Puebla Tornesa) y Borriol, y la explanación del primer trozo, que es el que se encuentra entre aquel pueblo (Borriol) y Castellón, está ya muy adelantada. Conviene muchísimo que en esta última parte de la vía se dé preferencia al trazado que se llama del Cementerio, porque tiene sobre el otro la considerable ventaja de llegar por una sola línea al rio Borriol, siendo, hasta su salida de la ciudad (de Castellón de la Plana), una prolongación de la calle de Zapateros, que es una de las más rectas e importantes de la población. Además, el cementerio, demasiado inmediato a las casas en la actualidad, se establecerá en sitio más conveniente, y a poca costa, porque su construcción no es de las que por su gusto artístico o monumental merezca conservarse.

- En la carretera general de Valencia a Zaragoza, por Segorbe, se trabaja con la mayor actividad, faltando poco para terminarla hasta Jérica. Desde este pueblo al confín de la provincia solo hay tres leguas, que en el proyecto se han subdividido en cuatro trozos para facilitar la licitación, que se verificará muy pronto.

- En la carretera general desde Valencia a Barcelona se hacen importantes reparaciones, y se está construyendo un puente sobre el barranco Chinchilla (en Oropesa del Mar), que en días de avenidas se pone intransitable, interrumpiéndose las comunicaciones.

- (OTRAS CARRETERAS).= Se ha concluido también el proyecto de la carretera de Segundo orden desde las Cuevas (Cuevas de Vinromá) a Alcalá (de Chivert), y la Diputación ha propuesto la construcción de un camino que, partiendo de Segarra, y atravesando por Catí, concluya en la carretera del Maestrazgo. (Diario mercantil.) 

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

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sábado, 27 de junio de 2026

“AÑO 2026: EL 27 DE JUNIO SE CELEBRA EL DÍA INTERNACIONAL DE LAS MICROEMPRESAS Y LAS PYMES”. 

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. 

- El 27 de junio de 2026 se celebra el Día de las Microempresas y las pequeñas y medianas empresas, establecido por la ONU para reconocer el importante papel que desempeñan las pequeñas empresas para los objetivos del Desarrollo Sostenible Mundial.

- Las micro, pequeñas y medianas empresas han tenido y tienen un potencial poder de sistemas, para impulsar y contribuir a mejorar la economía de los pueblos, la creación de empleos, mejoran la distribución de la riqueza, y ayudan a la erradicación y la lucha contra la pobreza humana en el planeta.

- Las PYMES tienden a emplear a un gran porcentaje de trabajadores de sectores vulnerables de la sociedad: mujeres, jóvenes y personas desfavorecidas.

- En zonas rurales son la única fuente de empleo en muchos casos.

- Por el fomento de la creatividad, la innovación y el trabajo digno para todos, las PYMES contribuyen a la consecución de los Objetivos del Desarrollo Sostenible.

- Definición de Microempresa: Menos de diez trabajadores asalariados y un volumen de negocios anual (la cantidad de dinero recibida en un período determinado) o balance general (estado del activo y del pasivo) inferior a 2 millones de euros.

- Definición de Pequeña empresa: Menos de cincuenta trabajadores asalariados y un volumen de negocios anual o balance general inferior a 10 millones de euros.

- Definición de Mediana empresa: Menos de 250 trabajadores asalariados y un volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros o un balance general inferior a 43 millones de euros. 

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

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