GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLCLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS, Y PAISAJES DE LA PROVINCIAS DE ESPAÑA:
"CRÓNICAS HISTÓRICAS, MARZO DE 1823, LA GUERRA REALISTA EN VALENCIA: EL EJÉRCITO REALISTA DEL CORONEL RAFAEL SEMPERE, SOMETIÓ A LA CIUDAD DE VALENCIA A ASEDIO DURANTE TRES DÍAS".
Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.... ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).
- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).
INTRODUCCIÓN:
LA GUERRA REALISTA: La Guerra Realista, también conocida como la Guerra Constitucional, fue un conflicto armado en España que tuvo lugar entre 1822 y 1823 durante el último año y medio de gobierno del Trienio Liberal. La guerra comenzó con la extensión de las acciones de las partidas realistas desde la primavera de 1821, con el objetivo de restablecer el poder absoluto del rey Fernando VII. Los ejércitos constitucionales defendían el régimen liberal instaurado tras la Revolución de 1820. La guerra se desarrolló principalmente en Cataluña, Navarra, País Vasco y Valencia, las fuerzas realistas iban siendo derrotadas inicialmente, pero el 7 abril de 1823 comenzó la invasión francesa de los "Cien Mil Hijos de San Luis", acompañada por tropas realistas españolas reorganizadas, y este gran incremento de fuerzas militares dio el triunfo definitivo a los realistas. El 30 de septiembre de 1823, Fernando VII fue liberado de su supuesto cautiverio gubernamental, y, al día siguiente, se abolió la Constitución de 1812, restaurando el absolutismo.
(Documento 1.º, fechado en el año 1823): Bando manifiesto de leyes para la defensa de la ciudad de Valencia ante la llegada y asedio del ejército realista de Sempere, que mantuvieron del 26 al 29 de marzo de 1823:
- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820). Sábado 5/4/1823, n.º 95. NOTICIAS NACIONALES. VALENCIA 26 de marzo (de 1823).= Diego Clarke y Comínes &c., segundo comandante general del 8.º Distrito Militar, e interino gobernador de esta plaza &c., &c.
- Hallándome encargado de la defensa de esta plaza (de Valencia), y siendo de mi deber prever cuantos casos puedan ocurrir para aplicarles el oportuno remedio, en uso a las facultades que en las circunstancias actuales se me conceden por las leyes, mando:
- 1.º= Desde el momento en que se oiga el toque de generala, todos los habitantes de esta capital se retirarán a sus casas respectivas, y no podrán salir de ellas a excepción de los militares y milicianos nacionales en servicio, los individuos de compañías o partidas sueltas debidamente autorizadas, y los empleados en algún destino público de muy indispensable asistencia, y aun en este caso deberán traer documento de sus jefes, en que se acredite la certeza y urgencia de su ocupación.
- 2.º= Todo el que contraviniendo a lo dispuesto en el artículo anterior vagase por las calles, sin ser de las personas exceptuadas con el mismo, y aun de estas sin el documento prevenido desde la hora que se señala, será en el acto pasado por las armas por las patrullas que el teniente de rey de la plaza dispondrá salgan para mantener la tranquilidad interior, pues la conservación de nuestras libertades y derechos y la salud de la patria, exigen la imposición de esta pena.
- 3.°= La persona de cualquiera clase, sexo o condición que sea, que después de principiado el fuego contra el enemigo en cualquier punto de la línea, se asomase a puerta, ventana, balcón, tejado o azotea una vez iluminada su casa, que lo deberá ser con la anticipación prevenida en el artículo 6.°, como no puede hacerlo después de prohibido sino con un designio criminal, o por una curiosidad indiscreta, será pasada por las armas en el momento que sea vista por alguno de los piquetes del ejército y milicia, situados en las torres y campanarios de esta ciudad con dicho objeto, y por las patrullas.
- 4.º= Toda persona del sexo, edad y clase que sea que, en cualquiera ocasión o tiempo, mientras el enemigo exista a la inmediación de esta plaza, profiriese voces alarmantes, excitase a la sedición, juntase gente y aconsejase rendirse o capitular, será pasado por las armas; y si sucediese durante el fuego o próximo a romperse, el primero que lo oiga está autorizado para fusilarle.
- 5.°= Todo el que de día o de noche por balcón, ventana ó azotea haga señas con banderolas, faroles o pañuelos, aunque no se observe que sean contestadas, será, como se justifique el hecho, inmediatamente pasado por las armas.
- 6.º= Al toque de generala, si fuese de noche, todos los vecinos iluminarán sus casas dejando cerrados los balcones o ventanas; en el concepto de que cualquiera que faltase a verificarlo será castigado gravemente.
- Este artículo se entiende sin perjuicio de lo que el ayuntamiento constitucional ha prevenido en esta parte, y teniendo presente lo que en el 3.º de este bando se dispone.
- 7.º= Al oír el mismo toque todas las tropas ocuparan los puestos que se les designe, las compañías y partidas sueltas marcharán a los suyos, y los militares armados y desarmados pasarán a los que respectivamente tienen ya destinados; en el concepto de que seré inexorable con el que consagrado a su patria faltase en la hora del peligro.
- 8.º= Las rondas y patrullas de ciudadanos armados que nombre el ayuntamiento constitucional, ocuparan los puntos o harán el servicio interior que este les marque, con previo conocimiento mío y autorizadas con algún individuo municipal o alcalde de barrio.
- 9.º= Los cirujanos nombrados por el mismo ayuntamiento de quienes yo tendré noticia, acudirán en el momento de alarma a los hospitales provisionales establecidos en los distritos, donde deberán ya existir los botiquines, parihuelas, y demás efectos necesarios; en el concepto, que el facultativo que faltase a deber tan sagrado sin muy justificada causa, será pasado por las armas.
- El presente bando se publicará con las formalidades prevenidas, fijándose en los parajes acostumbrados para que ninguno pueda alegar ignorancia. Valencia 25 de marzo de 1823.= Diego Clarke.
- (Manifiesto de Diego Clarke Comines segundo comandante general del 8.º Distrito Militar, y gobernador interino de Valencia).
(Documento 2.º, fechado en el año 1823):
- AÑO 1823: El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99,
página 3. VALENCIA viernes 4 de abril (de 1823).= No nos ha sido
posible hablar hasta ahora del comportamiento que tuvieron los habitantes de
esta ciudad (de Valencia) en los días 27, 28, y 29 del anterior (marzo de 1823), cuando la
tan temeraria como numerosa facción de Sempere tuvo el loco atrevimiento de
aproximarse a nuestras murallas.
- Anunciamos con placer que desde el momento en que
los enemigos se presentaron a la vista de la ciudad, todos corrieron presurosos
a las armas, y unos en las murallas, y otros en rondas destinadas a la
conservación de la pública tranquilidad hicieron un servicio no menos útil que
interesante.
- Pocos serían
los que quedasen apáticos, o indiferentes en sus casas, aunque algunos habría, pues,
aunque todos han nacido en España, no todos merece el dictado de españoles.
- Sin embargo, tenemos la satisfacción de publicar que
muchos, aún de aquellos que estaban tachados con la fea nota de serviles, se presentaron
libre y espontáneamente en los sitios del riesgo y del peligro, desde donde hicieron
un fuego horroroso y bien dirigido al enemigo.
- Desearíamos pues, con el fin de poner término a los males que nos afligen que se desterrasen del diccionario de la libertad los nombres de serviles, masones, comuneros y otros, y que no se oyera ya sino la voz de “españoles buenos y malos”, que a los buenos se les dispensase tos males y desastres que necesariamente se siguen de adoptar ciertas nomenclaturas que designan partidos, entre los cuales, primero entra la rivalidad, luego la aversión, finalmente los odios, los rencores y cuando es capaz de sepultar a una nación entre los escombros y ruinas. “Vivan, pues, los españoles libres, y vivan cuantos en los mencionados días 27, 28 y 29, cooperaron a la salvación de Valencia, y por esta a la de la patria".
- La primera compañía de M.V. de caballería de esta
ciudad, al mando de su capitán D. N. Faure, y por ocupación de este al de su
teniente D. Vicente Carra, deseosa de manifestar su gratitud a la valiente
división catalana, al mando del coronel Bazán, y comandante Bayces, dio anoche
un suntuoso "ambigú" (1) en su casa cuartel, de cien cubiertos, al que asistieron las autoridades militares y
políticas, con la oficialidad de la columna y del arma de caballería de la
guarnición.
- La pieza estaba magníficamente adornada. En el
frontis y bajo un pabellón se veía el retrato de nuestro monarca constitucional
Fernando VII.
- A su lado dos genios de los cuales, el uno estaba
en ademan de poner sobre su cabeza una corona, y el otro detenía su brazo
derecho en significación de que ya no reina la arbitrariedad sino la ley; a sus
pies se miraba por tierra la esclavitud expresada en otros dos genios
aherrojados con cadenas, de los cuales el uno empuñaba una espada rota en significación
de la nulidad de su poder.
- Durante la función reinó la mayor alegría; una
música entonó casi sin cesar canciones patrióticas, y se repitieron miles de
vivas a los vencedores de Almenara.
- La diputación provincial ha acordado, que de las camisas que tenía preparadas para los quintos del último reemplazo, se destinen mil a los beneméritos de la columna de Bazán, las que ha puesto inmediatamente a disposición de su comandante.
- No podemos menos de aplaudir rasgos tan patrióticos, lo que seguramente producirán en los agraciados los efectos que deseamos.
- (1).= Ambigú: Adaptación gráfica de la voz francesa “ambigú”, que se usaba en español para citar una comida
compuesta de platos normalmente fríos que se sirven todos a la vez; “ambigú”
también era el espacio (comedor) donde se disponían para comer, y también se
denominaba “ambigú” a un lugar o local de espectáculos donde se sirven bebidas
y cosas de comer.
- El Universal (Madrid. 1820) 9/4/1823, n.º 99, página 3. VALENCIA miércoles 2 de abril (de 1823).= El señor comandante general ha publicado la siguiente proclama: COMANDANTE GENERAL DEL 8.° DISTRITO MILITAR.= Militares: entre diez y once de esta noche marcharon los facciosos que habían osado temerariamente provocar vuestro valor y patriotismo; en los tres días que sostuvieron tenaces esta empresa, habéis llenado cumplidamente y a satisfacción de la libertad los deberes en que está constituido el que quiere conservarla a toda costa.
- Glorioso es este triunfo; pero aun es susceptible de un realce que lo haga singular.
- La huerta de esta capital ha protegido la facción, la ha auxiliado, y en todas direcciones asestó sus fuegos contra nosotros; pudiera esta criminal conducta excitar vuestra venganza; más las pasiones nobles os dominan, y sabéis bien que se envilece el que al vencido ultraja y domina con rigor.
- No así sucede con la ley, la que presenta cierto carácter de majestad cuando en estos casos se despliega inflexible.
- Dejadla pues obrar libre, que ella castigará los crímenes, los delitos y aún las faltas que se hayan dirigido contra la causa pública.
- Yo me encargo en su nombre de hacerles sentir todos los efectos de mis bandos y órdenes a los que hayan violado la más pequeña parte de su contenido, y quedo en vigilar no se escuchen las condiciones de los delincuentes, ni los respetos de pueblos enteros que hubiesen sido transgresores.= Valencia, 30 de marzo de 1823.= José de Castellar.
- (Manifiesto de José de Castellar, comandante general del 8.° distrito militar).
(Documento 4.º, biografía militar de Rafael Sempere):
- Rafael Sempere Esclápez (Elche, 29 de marzo de 1777-La Coruña, 14 de marzo de 1854) fue un militar español, Capitán general de Aragón durante el reinado de Fernando VII. Sempere ingresó como cadete en el Regimiento de Asturias en 1790 y en 1792 participó en la defensa de Orán. Al volver pasó al Regimiento de Dragones de Pavía, con los que luchó en la Guerra Grande (1793-1795) y en la guerra de las Naranjas (1801-1802). Después se retiró del ejército, pero volvió cuando estalló la guerra de la Independencia. En 1810 ascendió a teniente y en 1811 a capitán y comandante, luchando en Ulldecona, Teruel y Vinaroz. Retirado entre 1813 y 1820, aquel año hizo un pronunciamiento realista en Extremadura que fracasó. En 1822 levantó la Guardia Real que se enfrentó a la Milicia Nacional a la Puerta del Sol de Madrid. El 1823, un golpe restablece el absolutismo de Fernando VII, fue ascendido a mariscal de campo y luchó contra los liberales en Sagunto, Morella y Vinaroz. En 1825 recibió la Cruz de Santo Ferran y entre enero y febrero de 1826 fue Capitán general de Aragón. De 1826 a 1832 fue comandante general de la provincia de Tuy, en 1843 fue interinamente capitán general de Galicia y en 1846 gobernador militar de Ferrol, cargo desde el que combatió la revolución de 1846. Rafael Sempere falleció en 1854.
(Documento 5.º, biografía de Blas María Royo de León, militar secretario del coronel Rafael Sempere):
- Blas María Royo de León, el secretario de Sempere, en enero de 1823 entró como voluntario en la fuerza realista mandada por el coronel Rafael Sempere que luchaba en Valencia contra los liberales. Sempere le nombró su secretario y pagador; y participó en numerosas acciones en las provincias de Valencia y Castellón; alcanzó el grado de teniente y en 1826 pasó a la situación de ilimitado.
- En marzo de 1827 obtuvo el destino de ayudante del batallón de voluntarios realistas de Torreblanca (Castellón); Royo de León participó con el batallón de Torreblanca en la "Represión de los Agraviados" que operaban en el Maestrazgo (entre septiembre de 1827 y septiembre de 1828); siendo ascendido a segundo comandante de la misma unidad (el batallón de voluntarios realistas de Torreblanca).
ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):
BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:
ARCHIVO FOTO-IMAGEN:
Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.
